jueves, octubre 30, 2008

2do encuentro de la Mesa por el Derecho a la Alimentación

Continuando con los encuentros de la Mesa por el Derecho a la Alimentación (iniciada el 1° de octubre), el miércoles 5 de noviembre se realiza el 2do encuentro de la Mesa de Trabajo por el Derecho a la Alimentación en la Legislatura de la Ciudad (Perú 160), en el Salón Presidente Perón.

La Mesa de Trabajo se enmarca en un debate colectivo coordinado por la Comisión Especial de Políticas Públicas para la Ciudadanía Plena de la Legislatura de la Ciudad.

El objetivo de esta mesa es la posibilidad de realizar un seguimiento, control y evaluación de las políticas públicas nutricionales y alimentarias de la Ciudad de Buenos Aires.

Para ello estamos convocando a organizaciones sociales, políticas, centros culturales, comedores escolares y comunitarios que enriquecen esta propuesta con la mirada propia de los actores involucrados en la temática.

En la reunión del día Miércoles 5 estaremos presentando el resumen de la 1er reunión de la Mesa de Trabajo que tuvo lugar el día 1° de Octubre en la Legislatura porteña.

1 comentario:

Escuela para todos Luz ONG dijo...

DISPOSICIÓN 53/06, se encuadra en las prescripciones de la Resolución Nº 2543/03 referida a “Integración de alumnos con necesidades educativas especiales en el contexto de una escuela inclusiva” cuyo objeto es el DIAGNOSTICO PEDAGOGICO y para ello señala:(copia textual de fragmentos con conceptos fundamentales) Un diagnóstico educativo no es ajeno o complementario respecto de la escuela o curriculum escolar. Es un recurso más que impacta en ambos, en la línea de lo que algunos han denominado evaluación basada en el curriculum, porque no recurre básicamente a situaciones de pruebas independientes, sino a situaciones propiamente curriculares vividas por el sujeto de aprendizaje, tratando de aprehender las interacciones que se producen entre alumnos, contextos, maestros, tareas, materiales. Pero también en el sentido de que implica no sólo, ni fundamentalmente a unos profesionales expertos, sino al conjunto de personas implicadas en la educación del alumno, en el marco de una tarea cooperativa en la que cada cual tiene sus responsabilidades específicas. II.- NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES: II.1.- ASPECTOS A EVALUAR En este marco, hay que plantearse sobre qué aspectos debe centrarse la atención. Se podría hacer un listado interminable. Ante casos puntuales los Equipos Intervinientes podrán necesitar información no habitual. Pero es necesario priorizar: II.1.1.- EN EL ALUMNO: Aspectos referidos a los procesos de constitución subjetiva, relevantes para la toma de decisiones pedagógico-didácticas. ///-5- • Capacidades, discapacidades, limitaciones y necesidades de apoyo. • Historia educativa y escolar. • Competencia Curricular: Nivel de competencia del alumno con referencia a los aprendizajes propuestos, en el Proyecto Curricular Institucional y en el Proyecto Áulico, en cada una de las áreas. Deberán constatarse las necesidades del alumno en lo referente a la apropiación de los aprendizajes previstos en las Expectativas de Logro del Diseño Curricular. • Estilo de aprendizaje: se refiere al peculiar modo que posee cada alumno, de acuerdo con su Necesidad Educativa Especial, para construir sus aprendizajes. El estilo de aprendizaje contempla desde las condiciones físico ambientales en que ese alumno concreto trabaja más cómodo, sus preferencias ante determinadas formas de agrupamiento, las características de su atención, la estructura y tipo de motivación, sus actitudes frente a las dificultades, sus estrategias de aprendizaje, su forma de resolver las situaciones problemáticas, el tipo de contenidos y actividades que resuelve con mayor facilidad, las interacciones y vínculos que entabla en el aula y en los momentos de recreación, hasta los materiales y el tipo de lenguaje que actúan como facilitadores del aprendizaje y su particular respuesta ante propuestas alternativas de intervención docente, uso de nuevas estrategias, reorganización del contenido, recursos facilitadores de la comprensión.. III.- PROCESO DE INTEGRACIÓN: En las distintas instancias de decisión, los Equipos intervinientes, tendrán que construir acuerdos de carácter • Pedagógico – didáctico (estado inicial – seguimiento – evaluación). • Organizativo y de funcionamiento. • Administrativo. • Relacional familiar. (...) V.2.- ESTRATEGIAS DE INTEGRACIÓN Para seleccionar la estrategia de integración adecuada los Equipos intervinientes realizarán una valoración pluridimensional en la que se atenderán los siguiente aspectos, de acuerdo a los componentes del proceso de enseñanza y de aprendizaje: ALUMNOS § Características del alumno relevadas en el diagnóstico § Datos relevantes del contexto familiar, social, cultural, educativo y económico del alumno. DOCENTES § Características del contexto escolar. § Proyecto de aula. § Características de las intervenciones didácticas. ADAPTACIONES CURRICULARES § Adecuaciones curriculares propiamente dichas. § Adaptaciones curriculares de acceso. § Adaptaciones curriculares de contexto. Las estrategias de integración serán diseñadas por los equipos docentes intervinientes, en función de las características ///-13- anteriormente señaladas, con flexibilidad, pudiendo variar de acuerdo con el proceso individual." Volviendo al tema de la famosa DISPOSICION 53/06 la misma expresa lo siguiente: (copia textual de los fragmentos fundamentales) 1 - Asistente Personal Cuando la autonomía progresiva del alumno está comprometida por situaciones de salud que requieren de asistencia personal en actividades de la vida diaria, vinculadas con apoyos artificiales y/o mecánicos (por ejemplo, asistencia a los sanitarios, aspiración de cánulas y válvulas, mochila de oxígeno, desplazamientos, entre otros), los equipos del sistema educativo intervinientes, conjuntamente con la familia, evaluarán la posibilidad de recurrir a la figura del Asistente Personal. Para ello, podrán solicitar asesoramiento a la Comisión del nivel central –a través de la Dirección Provincial de Enseñanza- a fin de viabilizar dicha incorporación. 2 - Profesional Privado No Docente Cuando se trate de alumnos con NEE de alta complejidad y asociadas a psicopatologías graves, se considerará la necesidad, conveniencia, factibilidad, pertinencia o no de incorporar la figura de Profesionales Privados No Docentes. Al plantearnos esta posibilidad se debe tener presente que tanto en el área de Salud como en la de Educación, según el campo propio de cada una, se llevan a cabo abordajes particulares y específicos. Ambas áreas se encuentran implicadas e, indudablemente, interrelacionadas y desafiadas para dar respuestas acordes a la vigencia plena de los derechos de niños, niñas, jóvenes y sus familias. En este marco, cuando surgieran solicitudes y/o propuestas de las familias acerca de la integración de alumnos con esta problemática, será tarea de los equipos intervinientes relevar la siguiente información: Ø Un diagnóstico de salud completo y detallado, realizado por una institución pública, con documentación que lo avale. En caso de demora en los turnos adjudicados, con la debida constancia, y agotada la intervención de la U.E.G.D. a tal efecto, ésta podrá avalar y aceptar provisoriamente una certificación emitida por una institución privada. Ø Información pedagógica completa con la correspondiente propuesta de trabajo, que contenga: o reseña de la trayectoria escolar del alumno; o la determinación de las NEE en el contexto áulico e institucional actual; o la modalidad de apoyo a esas necesidades con el accionar de todos los actores intervinientes; o la articulación con el proyecto áulico e institucional; o informes de cada uno de los profesionales docentes intervinientes; o posibles estrategias de intervención conjunta de los recursos humanos propios y existentes de las distintas Direcciones de Educación; o previsión de tiempos, instrumentos y acciones de monitoreo. Ø Emisión de criterio de: o las instituciones involucradas con sus respectivos equipos; o equipo distrital de Inspectores Areales, coordinados por el Inspector Jefe Distrital. El conjunto de esta información, que conformará el legajo del alumno, deberá ser elevada, vía jerárquica por Inspección Regional e Inspección General a la Dirección Provincial de Enseñanza, para su tratamiento en la Comisión correspondiente. Su elaboración y organización no deberá constituirse en una tramitación o accionar burocrático que demore la atención al alumno y respuesta a la familia. Dicha Comisión analizará el conjunto de la documentación y evaluará las intervenciones del nivel central acordes a cada situación." Como verás, la tarea del Asistente Personal es para lo que el ACUERDO MARCO PARA LA EDUCACION ESPECIAL (conocido como el A-19) cumplimentar con lo que allí define como ADAPTACION CURRICULAR de ACCESO, ya que al posibilitar la permanencia física del alumno en el ambito escolar puede interactuar con el curriculum. PERO, para lo que sería propiamente ADAPTACION CURRICULAR señala tal documento (el A-19) " Curriculares propiamente dichas: Modifican uno o varios de los elementos de la planificación, gestión y evaluación curricular, tomando como base el Diseño Curricular de cada provincia y la Ciudad de Buenos Aires, y los aprendizajes para la acreditación que en estos se especifican. Las modificaciones que involucren cambios de las expectativas de logros podrían implicar modalidades distintas de acreditación y consecuentemente de certificación de los aprendizajes." Obviamente, para concretar tales modificaciones es necesario el dominio de los diseños curriculares, y a partir del diagnostico pedagógico, ya señalado, poder realizar la integración educativa propiamente dicha. Por estos motivos, creo, no sé que te parece pero es evidente que hay que conocer como realizar las implementaciones necesarias que posibiliten el adecuado desarrollo de las potencialidades de los alumnos en el marco educativo formal, además de manejar las DISPOSICIONES, RESOLUCIONES, NORMATIVAS GENERALES Y LEYES EDUCATIVAS Y DE SALUD


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